La Asamblea aprobó reformas que crean el Registro Nacional de Delivery y regulan la micromovilidad. Repartidores deberán usar casco homologado y chaleco reflectivo.

Redacción nacional
Con 87 votos a favor, 50 en contra y dos abstenciones, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, en segundo debate, las reformas a la Ley de Tránsito, que incorporan nuevas disposiciones para el servicio de delivery, scooters y motocicletas eléctricas, según informó Diario Crónica.
Nuevas regulaciones
Entre las nuevas reglas consta la creación, en un plazo de un año, de un Registro Nacional de Delivery, mediante el cual quienes desarrollen esta actividad deberán estar identificados y cumplir determinadas condiciones para operar . El subjefe de la Unidad de Control Operativo de Tránsito (UCOT), Luis Curipoma Morocho, señaló que la reforma resulta necesaria para fortalecer las acciones de prevención y control. «Más del 50% de los siniestros de tránsito están involucrados conductores de motocicleta y peatones», explicó.
La reforma establece además que las motocicletas eléctricas deberán contar con matrícula y ser conducidas por personas que posean licencia, mientras que los usuarios de patines eléctricos o scooters deberán utilizar cascos homologados .

Requisitos para repartidores
Los conductores de motocicletas dedicados al delivery deberán cumplir con siete requisitos fundamentales: contar con licencia para conducir motocicleta, usar casco homologado, llevar placa visible y reflectiva, portar chaleco reflectivo con el número de placa, utilizar mochila o contenedor que no afecte la estabilidad, inscribirse en el Registro Nacional de Conductores y Vehículos destinados al delivery, y, en el caso de extranjeros, cumplir con las condiciones documentales y migratorias establecidas .
El incumplimiento de estos requisitos será sancionado como una contravención de cuarta clase, con una multa del 30% del salario básico unificado (USD 144,60) .


Próximos pasos
La reforma todavía no está en vigencia. El proyecto será remitido al Ejecutivo, que deberá decidir si lo aprueba o plantea un veto total o parcial . Una vez publicada en el Registro Oficial, la UCOT prevé iniciar campañas de socialización y posteriormente fortalecer los controles y la aplicación de sanciones. La Agencia Nacional de Tránsito dispondrá de un plazo de 360 días para regular formalmente la micromovilidad, incluyendo la clasificación técnica de los vehículos y la definición de parámetros operativos .
Reacciones
Sergio Carpio, quien trabaja en el servicio de delivery, manifestó estar de acuerdo con la reforma, especialmente porque, según señaló, algunos repartidores incumplen las normas para cumplir rápidamente con sus entregas. «Las acciones de control también contribuirán a identificar a quienes utilizan esta actividad para cometer actos ilícitos», dijo a Diario Crónica. Por su parte, Víctor González expresó ciertas reservas frente a las disposiciones relacionadas con los scooters, pero reconoció que establecer reglas permitirá una circulación más segura.
Contexto de la reforma a la Ley de Tránsito
Fecha de aprobación: 3 de septiembre de 2026 .
Votación: 87 a favor, 50 en contra, 2 abstenciones .
Registro Nacional de Delivery: Identificará a repartidores y vehículos .
Requisitos para repartidores: Licencia, casco homologado, chaleco reflectivo, placa visible y registro obligatorio .
Motos eléctricas y scooters: Deberán contar con matrícula y licencia; uso de casco homologado .
Plazo de implementación: 360 días para regulación de micromovilidad .
Próximo paso: Revisión del Ejecutivo (sanción u objeción) . (I)
