Daniel Noboa suspende la jornada laboral del 20 de noviembre en Ecuador

El Decreto Ejecutivo 507 dispuso la suspensión para los sectores público y privado. La medida no será recuperable y busca incentivar la participación en el Festival Internacional de Artes Vivas de Loja.

AUSPICIO

Redacción nacional
El presidente Daniel Noboa dispuso este 22 de septiembre de 2026 la suspensión de la jornada de trabajo del viernes 20 de noviembre en todo Ecuador. La medida, establecida en el Decreto Ejecutivo 507, se aplicará a los sectores público y privado.

El decreto y el vínculo con el festival
El documento señala que ese día no será recuperable. Vincula la decisión con el Festival Internacional de Artes Vivas de Loja, previsto del 12 al 22 de noviembre de 2026. Según los considerandos del decreto, la suspensión de la jornada busca incentivar los desplazamientos dentro del país y la participación ciudadana en las actividades del festival. El Ejecutivo también plantea como objetivo promover el turismo y las actividades económicas relacionadas con ese sector.

Aunque el encuentro cultural se desarrollará en Loja, la disposición laboral tiene alcance nacional. El documento recoge como antecedente la resolución de la Asamblea Nacional del 22 de noviembre de 2022. Esa resolución declaró al 18 de noviembre como el Día Nacional de las Artes Vivas y Escénicas en Ecuador.

Decreto Ejecutivo 507
El documento señala que la suspensión de la jornada busca incentivar los desplazamientos dentro del país y la participación ciudadana en las actividades del festival. El Ejecutivo también plantea como objetivo promover el turismo y las actividades económicas relacionadas con ese sector. La ejecución quedó a cargo del Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo y del Ministerio de Gobierno, en coordinación con las entidades e instituciones correspondientes.

Servicios garantizados y vigencia
La suspensión de la jornada no interrumpirá la provisión de servicios públicos básicos y esenciales. El artículo 3 dispone que se garantice la atención en agua potable, energía eléctrica, salud, bomberos, terminales aéreas, terrestres y fluviales, así como en servicios bancarios. Para cumplir esa disposición, las máximas autoridades de las instituciones, entidades y organismos del sector público deberán contar con el personal mínimo necesario para atender las demandas de la ciudadanía.

Noboa suscribió el decreto en Estados Unidos. Su disposición final establece que entra en vigencia desde la firma, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. (I)

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